Rescatan a menor de 10 años que fue abusada y torturada por integrante del E.P.P

El hecho se registro en la comunidad indígena de Pedro Jasuka venda, Departamento de Amambay. El detenido en la tarde de este miercoles 10/05 seria supuesto apoyo logistico del autodenominado Ejercito del Pueblo Paraguayo, el mismo es acusado de abusar de su sobrina de 10 años que fue rescatada por miembros de la fuerza de tarea conjunta en un operativo solicitado por la defensoria de la niñez y adolescencia de la ciudad de Pedro Juan Caballero dirigida por la Abogada Rossely Echeguren

Una niña indígena de 10 años fue víctima de violación supuestamente por parte de su tío, que presuntamente es miembro del autodenominado Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP). El hombre fue detenido por agentes de la Fuerza de Tarea Conjunta (FTC).

El hecho habría ocurrido entre la noche del sábado y madrugada del domingo pasado, en una comunidad indígena de Pedro Juan Caballero, Departamento de Amambay.

Según los datos, la menor fue rescatada y llevada hasta el Hospital Regional de Pedro Juan Caballero en donde tras ser inspeccionada por los médicos se confirmó el abuso sexual.

La pequeña también fue torturada y su cabello fue cortado por miembros de la comunidad indígena, por haber denunciado el hecho, informó Marciano Candia periodista de Última Hora.

La abogada Rosely Echeguren del Ministerio de la Defensa Pública explicó que en el Ministerio Público se realizó la denuncia del supuesto hecho de abuso sexual e inmediatamente fueron a rescatar a la víctima. Dijo que se le brindará una contención y evaluación psicológica.

«Resalto el trabajo colaborativo de la Fuerza de Tarea Conjunta que desde un principio estuvo con nosotros en el procedimiento, nos acompañó hasta el lugar», expresó.

Por su parte, una lideresa de la comunidad indígena manifestó que hace tres días realizaron la denuncia. Además, mencionó que encontraron a la niña con el cabello cortado, además fue supuestamente golpeada por una tía, esposa del supuesto autor.

Los nombres de la niña, de la lideresa, de la comunidad indígena y del detenido se omiten en cumplimiento del artículo 29 del Código de la Niñez y la Adolescencia, que prohíbe la publicación de datos que permitan identificar a los niños en situación de vulnerabilidad.

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