12 años de carcel para Guardia que mato a jóven en Pedro Juan.

El Guardia de seguridad identificado como Rafael Robles Torres, de 54 años, fue condenado a 12 años de pena privativa de libertad, por el asesinato de Fabián Fernando Franco Arar, crimen ocurrido el 30 de septiembre de 2021, sobre la calle Mariscal López esquina Curupayty, en el centro de Pedro Juan Caballero, frente a una casa de cambios que el ahora condenado custodiaba, durante el desarrollo del juicio oral, declararon como testigos el gerente de la casa cambiaria quien destaco la responsabilidad del guardia durante el tiempo que trabajo en el local, y que no se entero de las discusiones o bromas que realizaba en contra del fallecido Fernando que solamente despues de lo sucedido los funcionarios y otros vecinos realataron dichos episodios. por su parte el director de la empresa de seguridad estrella contratante de Rafael Robles manifestó que desconocia si su funcionario llego a realizar los cursos de capacitación y adestramientos exigidos por la dirección de Delitos Economicos de la Policia Nacional, como son varios funcionarios no puedo recordar de todos menciono durante su declaración.

Guardia de seguridad supuestamente se burlaba del aspecto del joven Fabian Franco (fallecido) este en la tarde del 30 de septiembre del 2021 al pasar por frente de la casa de cambios, decidio dar un golpe en la cabeza del guardia, este ultimo reacciono empujandolo y posteriormente realizando un certero disparo con la escopeta calibre 12 que tenia en su poder, en ese mismo instante Fabian Franco fallecio en el local.

El tribunal que dicto la sentencia de 12 años para el guardia de seguridad considerado Gatillo fácil, estuvo conformado por por las juezas Mirna Carolina Ocampos Ramirez, Mirna Carolina Soto González y Marcelina Quintana de Acosta. La acusación estuvo a cargo de la Agente fiscal Sandr Diaz quien solicitó una condena de 15 años atendiendo el peso del caudal probatorio presentado, la defensa tecnica estuvo a cargo de la Abogada Isabel Sanabria quien solicito la absolución de su defendido alegando que el mismo actuo por conmoción y susto tras recibir el golpe en la cabeza por parte del ahora fallecido.

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